domingo, 8 de septiembre de 2013

Establecen valores máximos admisibles en descarga de aguas residuales en Tacna

Se aplica a las industrias de papel, procesadoras de pescado, lavanderías, restaurantes, lavado de autos entre otro

Tacna, set. 05 (ANDINA). Hoy entró en vigencia en la región Tacna la norma que regula, mediante los Valores Máximos Admisibles (VMA), las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado local, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
Sunass verificará cumplimiento de la norma que regula las descargas de aguas residuales de las industrias que funcionan en Tacna.
Sunass verificará cumplimiento de la norma que regula las descargas de aguas residuales de las industrias que funcionan en Tacna.
La medida se adoptó con la finalidad de establecer límites para evitar los daños inmediatos o progresivos del sistema de alcantarillado de la región Tacna, precisó.

Agrega que la decisión se adecúa a lo aprobado y reglamentado por los Decretos Supremos 021-2009 y 003-2011, expedidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
La entidad reguladora indicó que las descargas de líquidos producidos por actividades económicas, comerciales e industriales son consideradas descargas residuales no domésticas, comprendidas en la presente norma pasarán a ser reguladas, controladas y fiscalizadas para evitar el deterioro de los sistemas de tratamiento de aguas residuales.

Valores Máximos Admisibles

La Sunass explica que la norma, que es de carácter nacional, aprobó los Valores Máximos Admisibles (VMA) que son los valores de concentración de elementos, sustancias o parámetros físicos y/o químicos que caracterizan a la descarga no doméstica, que va a la red de alcantarillado que administra la EPS, y que al excederse, tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de las aguas residuales.
Manifiesta, asimismo, que la normatividad sobre los VMA es obligatoria para todos aquellos usuarios no domésticos (UND), que pueden ser personas naturales o jurídicas (industrias, comercios, hospitales, camales, restaurantes, entre otros), que descargan sus aguas residuales al sistema de alcantarillado y que de excederse en la concentración de los parámetros de los VMA, deberán realizar un pago adicional.
Del mismo modo, aclaró que las descargas consideradas como prohibidas son los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que generen daño, material orgánico, mezclas inflamables, radioactivas, explosivas, corrosivas, tóxicas, venenosas y todas aquellas que puedan causar obstrucciones físicas, interferencias, sedimentos y/o incrustaciones que impidan el flujo de las aguas residuales.

http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-establecen-valores-maximos-admisibles-descarga-aguas-residuales-tacna-473283.aspx 

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