lunes, 4 de julio de 2011

Gobierno declara de interés nacional recuperación de laguna Huacachina

La Ley 29732 fue publicada hoy en el diario oficial El Peruano. Se precisa un tiempo de 120 días para el desarrollo de los trabajos.


Hoy, el Gobierno oficializó la Ley 29732 que declara como zona intangible y de interés nacional la recuperación, conservación, protección y promoción de la laguna de Huacachina, ubicada en el desierto de la región Ica. La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano.

Por lo tanto, quedan prohibidas las construcciones o edificaciones no autorizadas por las autoridades municipales y el Instituto Nacional de Cultura (INC).
En un plazo de 120 días, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será el encargado de actualizar el estudio técnico integral para la recuperación, conservación, protección y promoción de la laguna.

Asimismo, deberán participar los ministerios de Cultura, Agricultura y Ambiente, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp); Autoridad Nacional del Agua (ANA); Dirección Regional de Cultura, gobierno regional y la municipalidad provincial de Ica.

RPP

Oficializan ley que declara intangible y de interés nacional recuperación de laguna Huacachina


Lima, jun. 29 (ANDINA). El Poder Ejecutivo oficializó hoy la ley que declara como zona intangible y de interés nacional la recuperación, conservación, protección y promoción de la laguna de Huacachina, ubicada en el desierto del departamento de Ica.

La Ley 29732 publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano modifica los artículos 1 y 2 de la Ley 27914, que declaran de interés nacional la recuperación, conservación, protección y promoción de la laguna de Huacachina.

La norma declara como zona intangible el área delimitada por la Resolución Directoral Nacional 1296/INC, donde se encuentra la laguna, por lo que quedan prohibidas las construcciones o edificaciones no autorizadas por las autoridades municipales y el otrora Instituto Nacional de Cultura (INC).

Según la disposición, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será el encargado de actualizar el estudio técnico integral para la recuperación, conservación, protección y promoción de la laguna. Con ese fin, el sector deberá destinar los recursos correspondientes.

En un plazo de 120 días -contados a partir del día siguiente de la fecha de vigencia de la presente ley- el estudio técnico integral debe ser coordinado y elaborado con los ministerios de Cultura, Agricultura y Ambiente; Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp); Autoridad Nacional del Agua (ANA); Dirección Regional de Cultura, gobierno regional y la municipalidad provincial de Ica.

El documento debe considerar un plan de conservación integral del sistema hídrico, el establecimiento de una zona de desarrollo turístico prioritario y la realización de los estudios necesarios que propongan un modelo de gestión que garantice el manejo sostenible, la recuperación y la conservación de la laguna.

La norma declara a la laguna como zona de protección de agua, motivo por el cual la ANA queda encargada de adoptar las acciones necesarias para garantizar tal condición.

Asimismo, en su calidad de ente coordinador encargado de la actualización del estudio técnico integral en beneficio del espejo de agua, el Mincetur informará a la comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de los avances y el proceso de ejecución de las recomendaciones contenidas en el mencionado estudio.

En un plazo no mayor de un año calendario, el Ministerio del Ambiente, a través del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), elaborará los estudios y realizará las acciones necesarias para incorporar a la laguna dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe), conforme a las condiciones establecidas a la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su reglamento.

La disposición lleva la rúbrica del Presidente de la República, Alan García Pérez; de la titular del Consejo de Ministros, Rosario del Pilar Fernández Figueroa; del presidente del Congreso de la República, César Zumaeta; y del primer vicepresidente del Legislativo, Alejandro Aguinaga.

Andina

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