La norma aprueba asimismo el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de la Emergencia Ambiental en la cuenca del río Corrientes, y cuya ejecución estará a cargo de las entidades públicas y privadas involucradas en su cumplimiento, en coordinación con el gobierno regional de Loreto.
Dichas medidas deberán considerar las acciones señaladas en el Plan de
Acción Inmediato y de Corto Plazo, sin perjuicio de los compromisos en materia ambiental que a dichos titulares les corresponde implementar.
Corresponde al gobierno regional de Loreto el seguimiento de la ejecución del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, así como la presentación de un informe a la mitad y al final del tiempo que dure la declaratoria de emergencia ambiental, dirigido tanto al Ministerio del Ambiente, como a las comisiones del
Congreso de la República a cargo de temas ambientales y de salud.
La presente resolución ministerial, publicada hoy en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, está refrendada por el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal.
http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-declaran-emergencia-ambiental-cuenca-del-rio-corrientes-loreto-473520.aspx
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