Dicho dispositivo aprobado en la víspera, contiene cambios sustanciales en los requisitos y obligaciones de los inversionistas interesados en los recursos geotérmicos del suelo y del subsuelo del territorio nacional.
El director de Concesiones Eléctricas del MEM, Mardo Mendoza, detalló que el nuevo reglamento reducirá el riesgo para el inversionista y sus gastos financieros y beneficiará al peticionario con la devolución de su garantía en caso su solicitud sea rechazada, evitándole perjuicios ante las entidades financieras.
La norma también detalla que el Estado podrá hacer uso de los estudios concluidos o no, si el titular de la concesión desiste de continuar con la exploración, permitiendo la promoción de nuevos inversionistas en este campo de la energía.
También establece un área máxima para realizar tanto exploración como explotación geotérmica, con lo cual se espera reducir la posibilidad de acaparamiento de áreas con potencial geotérmico y permitir el desarrollo de estudios y proyectos, que tienen carácter de exclusividad en la zona donde se desarrollen.
Los futuros titulares de una autorización geotérmica podrán adoptar los estudios que estimen conveniente para efectos de valorar el potencial de un campo geotérmico.
El funcionario indicó que la Dirección General de Electricidad propuso este nuevo reglamento para disponer de medidas que permitan una transferencia ordenada y transparente de los derechos geotérmicos otorgados a entidades públicas, de conformidad con las normas aplicables a la promoción de la inversión privada.
El nuevo reglamento cuenta con un título preliminar, cuatro títulos, 65 artículos, cuatro disposiciones complementaras, una transitoria y un anexo y reemplaza el antiguo Reglamento de dicha ley que fuera aprobado en diciembre de 2006.
(FIN) CSO/CSO
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