viernes, 11 de noviembre de 2016

Reconocen el área de conservación privada Sumac Inti en región Loreto

Conserva diversidad biológica de bosques húmedos de colina baja

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    ANDINA/Foto Referencial
Lima, nov. 10. El Ministerio del Ambiente reconoció el Área de Conservación Privada “Sumac Inti”, por un periodo de 10 años, con el objetivo de conservar una muestra de los bosques húmedos de colina baja, su diversidad biológica y ecosistemas representativos para contribuir a la continuidad de los procesos ecológicos.

Dicha área de conservación privada tiene una superficie de 27.20 hectáreas, cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Registral N° 04001503 de la Oficina Registral de Iquitos, Zona Registral N° IV-Sede Iquitos, precisa una Resolución Ministerial publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

En aplicación del segundo párrafo del artículo 3 del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, que contiene las disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas, la Ficha Técnica del Área de Conservación Privada “Sumac Inti” constituye su Plan Maestro, en razón a que éste contiene las condiciones que los propietarios se comprometen a mantener, así como la propuesta de zonificación del Área de Conservación Privada.

En aplicación del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, los numerales 1 y 5 del artículo 2019 del Código Civil y el artículo 15 de las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, aprobadas por Resolución Presidencial Nº 199-2013-Sernanp, los propietarios procederán a inscribir en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) las cargas de las condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada “Sumac Inti”.

Asimismo, se comprometen a usar el predio para los fines de conservación para los cuales ha sido reconocido; brindar al representante del Sernanp, o a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área de conservación privada.

También deben cumplir con el Plan Maestro, el mismo que tiene una vigencia de 5 años renovables; presentar un informe anual de avances respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro; así como cumplir las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el Sernanp y demás normas que se emitan al respecto.

Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para el trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente.

La norma lleva la firma de la ministra del Ambiente, Elsa Galarza Contreras.

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-reconocen-area-conservacion-privada-sumac-inti-region-loreto-639500.aspx

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